Auto Supremo AS/0100/2001
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0100/2001

Fecha: 26-Abr-2001

Se llega a esta conclusión en razón a que la ejecutoria del Auto de Vista


Se llega a esta conclusión en razón a que la ejecutoria del Auto de Vista de fs. 148-149, dispuesta por el auto de fs. 151 vlta., adquirió autoridad de cosa juzgada según previene el art. 515-2) del Código de Procedimiento Civil, conforme el a quo y ad quem establecieron en sus respectivos fallos, sin que por ello hayan incurrido en error de derecho o error de hecho en la apreciación de la prueba o haber aplicado indebidamente la ley como acusó el recurso de casación de fs. 220-221, que resulta infundado por mandato del art. 273 del Código de Procedimiento Civil