Auto Supremo AS/0130/2001
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0130/2001

Fecha: 07-Jun-2001

POR TANTO: La Sala Social y Administrativa de la Corte Suprema de Justicia de la


POR TANTO: La Sala Social y Administrativa de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, con la intervención del Dr. Kenny Prieto Melgarejo, Ministro de la Sala Civil Primera, y la facultad conferida por el art. 60-1) de la Ley de Organización Judicial, en desacuerdo con el dictamen del señor Fiscal de Sala Suprema de fs. 126, CASA PARCIALMENTE el Auto de Vista recurrido, declarando INFUNDADO el recurso respecto a las demás peticiones; y deliberando en el fondo se declara prescrito solamente el derecho de la Administración para aplicar sanciones, debiendo el contribuyente cancelar, sólo el tributo omitido que figura en la Resolución Determinativa sin sanción alguna, sea sin responsabilidad por ser excusable