El criterio sostenido por el Ad quem, -en sentido de que la conducta fiscal del
El criterio sostenido por el Ad quem, -en sentido de que la conducta fiscal del contribuyente debe calificarse como defraudación y no evasión, lo cual modificaría el cómputo del plazo para la prescripción-, no es acertado puesto que el reparo practicado por la administración observa defectos de forma en algunas notas fiscales que fueron habilitadas por la misma Administración, sin observar sus propias normas administrativas, como las Resoluciones Nos. 05-462-91 y 05-82-87, lo que demuestra la ausencia de dolo en la conducta fiscal del contribuyente que no puede calificarse como defraudación
- AUTO SUPREMO No. 196-C. Tributario Sucre, 7 de septiembre de 2001
- PARTES: Compañía Minera QUIOMA S.A. c/ Administración Regional de Impuestos Internos La Paz
- RELATOR: MINISTRO.- Eduardo Rodríguez Veltzé
- CONSIDERANDO: Que planteada la demanda a fs
- CONSIDERANDO: Que, de la revisión de obrados y en particular del recurso intentado, se establece
- El criterio sostenido por el Ad quem, -en sentido de que la conducta fiscal del
- La prescripción liberatoria produce la extinción de la acción para exigir el cumplimiento de la
- Por lo que siendo evidente la interpretación errónea de los arts
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa de la Corte Suprema de Justicia de la
- Regístrese y devuélvase
- Fdo. Dr. Eduardo Rodríguez Veltzé
- Dr. Carlos Rocha Orosco
- Dr. Kenny Prieto Melgarejo
- Dr. Guillermo Arancibia López
- Dr. Freddy Reynolds Eguía
- Sucre, 7 de septiembre de 2001
- Proveído: Dr. Marcelo Gómez Rodrigo.- Secretario de Cámara.
