Por lo que siendo evidente la interpretación errónea de los arts
Por lo que siendo evidente la interpretación errónea de los arts. 52 en su segunda parte, 53 y 54 del Código Tributario conforme se acusa en el recurso, corresponde, conforme a lo dispuesto por el art. 274, parágrafo I del Código de Procedimiento Civil, resolver en lo principal del litigio
- AUTO SUPREMO No. 196-C. Tributario Sucre, 7 de septiembre de 2001
- PARTES: Compañía Minera QUIOMA S.A. c/ Administración Regional de Impuestos Internos La Paz
- RELATOR: MINISTRO.- Eduardo Rodríguez Veltzé
- CONSIDERANDO: Que planteada la demanda a fs
- CONSIDERANDO: Que, de la revisión de obrados y en particular del recurso intentado, se establece
- El criterio sostenido por el Ad quem, -en sentido de que la conducta fiscal del
- La prescripción liberatoria produce la extinción de la acción para exigir el cumplimiento de la
- Por lo que siendo evidente la interpretación errónea de los arts
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa de la Corte Suprema de Justicia de la
- Regístrese y devuélvase
- Fdo. Dr. Eduardo Rodríguez Veltzé
- Dr. Carlos Rocha Orosco
- Dr. Kenny Prieto Melgarejo
- Dr. Guillermo Arancibia López
- Dr. Freddy Reynolds Eguía
- Sucre, 7 de septiembre de 2001
- Proveído: Dr. Marcelo Gómez Rodrigo.- Secretario de Cámara.
