La comunicación de fs
La comunicación de fs. 74 dirigida por la actora a la Inspectoría Regional del Trabajo dando cuenta del abandono del puesto de trabajo de Marisol Lelarge de Nogales, corroborada por la literal de fs. 81, refleja que si bien se interrumpió la relación laboral, ésta se reanuda por expresa aceptación de la actora en fecha 16 de julio de 1996, conforme lo admite en la contestación a la demanda de fs. 55, de donde resulta inatendible la infracción al art. 16 inc. d) de la Ley General del Trabajo acusada en el recurso y justificada la deducción ordenada en el Auto de Vista
- AUTO SUPREMO No. 202-Social Sucre, 17 de Septiembre de 2001
- PARTES: Fátima Marisol Lelarge de Nogales c/ Solange Daguer de Mundaca
- RELATOR: MINISTRO DR.- Eduardo Rodríguez Veltzé
- CONSIDERANDO: Que la demanda inicialmente dirigida contra la firma AEROSUR fue objeto de excepción de
- CONSIDERANDO: Que el recurso de casación argumenta que las pruebas literales referidas al pre-aviso de
- CONSIDERANDO: Que del examen del recurso y los antecedentes del proceso se establece, en primer
- No obstante, siendo el objeto del proceso laboral el reconocimiento de los derechos reconocidos en
- La comunicación de fs
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de
- Relator: Dr. Eduardo Rodríguez Veltzé
- Regístrese y devuélvase
- Fdo. Dr. Eduardo Rodríguez Veltzé
- Dr. Carlos Rocha Orosco
- Sucre, 17 de septiembre de 2001
- Proveído: Dr. Marcelo Gómez Rodrigo.- Secretario de Cámara.
