Regístrese y hágase saber
POR TANTO: La Sala Penal de la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Nación, con la facultad conferida por el inc. 5°) del art. 59 de la Ley de Organización Judicial y de conformidad con el art. 291 del Código de Procedimiento Civil, declara LEGAL la compulsa interpuesta, disponiendo se libre la provisión compulsoria respectiva.
Regístrese y hágase saber
- CONSIDERANDO: Que del estudio de los elementos que informan el presente trámite se verifica que
- Que, el art
- CONSIDERANDO: Que en la especie, el recurso de casación de Anibal Monte Rey Cusicanqui fue
- Que, si bien el recurso de compulsa no se encuentra específicamente previsto en el nuevo
- Regístrese y hágase saber
- Proveído.- David Baptista Velásquez.- Secretario de Cámara
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