Que, la Sala Penal Primera de la Corte Superior de Cochabamba, como Tribunal de alzada,
Que, la Sala Penal Primera de la Corte Superior de Cochabamba, como Tribunal de alzada, por Auto de Vista de fs. 281-282, revoca la sentencia apelada en cuando a la absolución se refiere, resolución que en recurso de casación es anulada, mediante Auto Supremo de fs. 299
- estafa y otro
- CONSIDERANDO: Que, la sentencia de fs
- Que, la Sala Penal Primera de la Corte Superior de Cochabamba, como Tribunal de alzada,
- Que, en cumplimiento del mencionado Auto Supremo, se pronuncia a fs
- Contra el fallo anterior, Máximo Torrico Moya, recurre de nulidad o casación a fs
- CONSIDERANDO: Que, del análisis del recurso de nulidad o casación planteado por el procesado Máximo
- POR TANTO: La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, de acuerdo con el
- RELATOR: Ministro Dr. Jaime Ampuero García
- Regístrese y devuélvase
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