AUTO SUPREMO N° 341 Sucre, 21 de noviembre de 2002
SALA CIVIL
AUTO SUPREMO N° 341 Sucre, 21 de noviembre de 2002
AUTO SUPREMO N° 341 Sucre, 21 de noviembre de 2002
- AUTO SUPREMO N° 341 Sucre, 21 de noviembre de 2002
- DISTRITO : La Paz JUICIO : Ordinario - Divorcio
- CONSIDERANDO: El juez a quo pronuncia sentencia de fs
- De esta decisión recurre en casación el demandado, reclamando sobre la tenencia del menor impuesta
- CONSIDERANDO: Que el recurso de casación está abierto contra resoluciones taxativamente señaladas en el art
- En la especie, el recurso centra su atención en la tenencia del menor, medida que
- Al margen de ello, el recurso que nos ocupa no cumple con la imperativa disposición
- La opinión del Sr
- POR TANTO: La Sala Civil de la Excma
- Se regula en la suma de Quinientos bolivianos el honorario de abogado, cuyo pago dispondrá
- Regístrese y devuélvase
- Proveído : Sucre, 21 de noviembre de 2002
- Dra. Patricia Parada Loras
- Secretaria de Cámara de la Sala Civil.
