Que elevado el proceso en grado de apelación, el Tribunal ad-quem, emite el Auto de
Que elevado el proceso en grado de apelación, el Tribunal ad-quem, emite el Auto de Vista de fs. 532-533 que revoca la sentencia de primera instancia y deliberando en el fondo falla, declarando al incriminado Elmer Céspedes Vargas autor de la comisión de los delitos de estafa y abuso de confianza, previstos por los arts. 335 y 346 del Código punitivo, por existir prueba plena tal cual establece el art. 243 del Código de Procedimiento Penal, en consecuencia en aplicación a lo dispuesto por los arts. 37 y 40 del Código Penal le impone la pena de tres años de reclusión a cumplir en la cárcel pública de la ciudad de Cochabamba, costas a favor del Estado mas costas y daños y perjuicios a favor de la parte civil constituida, que serán establecidas en ejecución de sentencia
- otro
- CONSIDERANDO: Concluida la fase del plenario, el Juez a-quo siguiendo la normativa prevista por el
- Que elevado el proceso en grado de apelación, el Tribunal ad-quem, emite el Auto de
- CONSIDERANDO: Que impugnando el referido Auto de Vista recurre de nulidad y casación el procesado
- Por lo expuesto se establece que el Juez a-quo con valoración ponderable dentro del marco
- POR TANTO: La Sala Penal de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia de la Nación,
- RELATOR: Ministro Dr. Carlos Tovar Gützlaff
- Regístrese y devuélvase
- Proveído.- Dr. Edgar Molina Aponte.- Secretario de Cámara
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