Auto Supremo AS/0156/2002
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0156/2002

Fecha: 30-Abr-2002

CONSIDERANDO: Que tramitada la demanda de reincorporación a fuente de trabajo, el Juez del Trabajo





VISTOS: El recurso de casación de fs. 111-113, interpuesto por Miguel Angel Ortuño Zeballos, en representación de Willy Aliaga Ortuño contra el Auto de Vista de fs. 106-107, pronunciado por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito de Potosí en el juicio social seguido por el recurrente contra la Cooperativa de Ahorro y Crédito Asunción Limitada, los antecedentes del proceso, el dictamen Fiscal de fs.129 y

CONSIDERANDO: Que tramitada la demanda de reincorporación a fuente de trabajo, el Juez del Trabajo y Seguridad Social de Uncia, a fs. 71-76, dictó Sentencia declarando PROBADA la demanda, disponiendo la reincorporación del actor a su cargo de Gerente de la cooperativa demandada. En grado de apelación, la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Potosí, a fs. 106-107, pronunció Auto de Vista por el cual resolvió REVOCAR la sentencia y declarar improbada la demanda. Contra ésta resolución se interpone el recurso que acusa, en el fondo, que su despido no se ajustó a las disposiciones de la Ley General del Trabajo y su Decreto Reglamentario, no consideró la prueba aportada y que la excepción de falta de acción y derecho no esta prevista en el régimen procesal laboral