Auto Supremo AS/0156/2002
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0156/2002

Fecha: 30-Abr-2002

Para formar resolución en la presente causa, interviene el Dr


POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, con la facultad prevista en el art. 60-1) de la Ley de Organización Judicial y en desacuerdo con el dictamen de fs. 129, CASA parcialmente el Auto de Vista de fs. 106-107, y deliberando en el fondo, dispone que la Cooperativa de Ahorro y Crédito "Asunción Limitada", en ejecución de sentencia, pague en favor de Willy Aliaga Ortuño los conceptos de desahució e indemnización, éste último si correspondiese, conforme a ley. Sin responsabilidad por ser excusable.

Para formar resolución en la presente causa, interviene el Dr. Carlos Tovar Gützlaff, Ministro de la Sala Penal