Auto Supremo AS/0158/2002
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0158/2002

Fecha: 29-Abr-2002

LIDIA OJEDA ARANO


LIDIA OJEDA ARANO. Acusa la violación de normas adjetivas y sustantivas, manifestando que cuando se produjo el operativo los efectivos de UMOPAR ingresaron a su domicilio y la detuvieron sin contar con el respectivo mandamiento de detención, violando de esta manera sus derechos constitucionales y legales previstos en los arts. 9 de la Constitución Política del Estado y 96 de la Ley 1008. En el fondo, considera que no existen elementos incriminatorios que acrediten haber tenido conocimiento del contenido de la bolsa dejada en su habitación por dos sujetos desconocidos, situación que tampoco fue apreciada por los jueces de instancia, y que constituyen los hechos que dieron lugar a la violación de los arts. 48 de la Ley 1008 y 8 del Código Penal, por lo que pide la nulidad del proceso o en su defecto la casación del fallo impugnado declarando su absolución