Que de acuerdo al art
Que de acuerdo al art. 301 del Código de Procedimiento Penal, el recurso de casación para su procedencia, deberá contener la especificación de los motivos, con cita de la ley o leyes procesales cuya inobservancia se impugne, o de las leyes sustantivas o de fondo cuya violación se acuse por uno u otro motivo, señalando igualmente en que consiste el quebrantamiento de las primeras y la violación de las segundas. Del análisis de los recursos en estudio, se evidencia que el interpuesto por la representante del Ministerio Público, no cumple con lo preceptuado en dicha norma, perjudicando su consideración por improcedente
- CONSIDERANDO
- LIDIA OJEDA ARANO
- CONSIDERANDO.- Que, de la exhaustiva y minuciosa revisión de los antecedentes del proceso, se establece
- Que de acuerdo al art
- Que, los actuados procesales y de manera particular las diligencias de policía judicial, base del
- Que por tal razón la valoración de los elementos de juicio es incensurable en casación
- POR TANTO
- RELATOR: Ministro Dr. Carlos Tovar Gützlaff
- Regístrese y devuélvase
- Proveído.- Dr. Edgar Molina Aponte.- Secretario de Cámara
- 1
