POR TANTO: La Sala Civil de la Excma
POR TANTO: La Sala Civil de la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Nación, con la intervención del Ministro de la Sala Penal Dr. Héctor Sandoval Parada, ejerciendo la potestad que le otorga el art. 58 ordinal 1) de la Ley de Organización Judicial, de acuerdo con el dictamen Fiscal, declara INFUNDADO el recurso de casación interpuesto a fs. 191-192, con costas
- AUTO SUPREMO N° 161. Sucre, 23 de abril de 2002
- DISTRITO : Santa Cruz JUICIO : Ordinario - Nulidad y anulabilidad de escritura pública
- PARTES : Martha Yolanda Fleig de Gutiérrez c/ Superintendencia de Bancos y Entidades Financieras
- CONSIDERANDO: Que, la Sala Civil Segunda de la Corte de Apelación, pronuncia el auto de
- Que, contra esta resolución recurre de casación en la forma Martha Yolanda Fleig de Gutiérrez,
- CONSIDERANDO: Que, del cuidadoso análisis de los antecedentes, se infiere que la orden instruida expedida
- Ahora bien, el Superintendente de Bancos y Entidades Financieras, es citado con la demanda, mediante
- Esta forma de notificación no se ajusta a lo previsto por el art
- Según lo dispone el art
- Por estos razonamientos de carácter legal, se llega a la certeza y convicción que la
- POR TANTO: La Sala Civil de la Excma
- No intervienen los Ministros Kenny Prieto Melgarejo y Armando Villafuerte Claros, por excusa declarada legal
- Regístrese y devuélvase
- Proveído : Sucre, 23 de abril de 2002
- Dra. Teresa Rosquellas Fernández
- Secretaria de Cámara de la Sala Civil.
