Que, contra esta resolución recurre de casación en la forma Martha Yolanda Fleig de Gutiérrez,
Que, contra esta resolución recurre de casación en la forma Martha Yolanda Fleig de Gutiérrez, con los fundamentos que contiene el memorial de fs. 191-192 vlta., acusando la violación del art. 129 inc. 2°) del Código de Procedimiento Civil, en virtud de que el demandado no reclamó oportunamente la resolución del incidente de nulidad de notificación con la demanda que fue suscitada, optando por el contrario plantear excepciones previas de litispendencia e incompetencia y de dar por contestada la demanda, conforme se lee a fs. 833-850 de obrados, lo que se interpreta como una manifestación de conformidad
- AUTO SUPREMO N° 161. Sucre, 23 de abril de 2002
- DISTRITO : Santa Cruz JUICIO : Ordinario - Nulidad y anulabilidad de escritura pública
- PARTES : Martha Yolanda Fleig de Gutiérrez c/ Superintendencia de Bancos y Entidades Financieras
- CONSIDERANDO: Que, la Sala Civil Segunda de la Corte de Apelación, pronuncia el auto de
- Que, contra esta resolución recurre de casación en la forma Martha Yolanda Fleig de Gutiérrez,
- CONSIDERANDO: Que, del cuidadoso análisis de los antecedentes, se infiere que la orden instruida expedida
- Ahora bien, el Superintendente de Bancos y Entidades Financieras, es citado con la demanda, mediante
- Esta forma de notificación no se ajusta a lo previsto por el art
- Según lo dispone el art
- Por estos razonamientos de carácter legal, se llega a la certeza y convicción que la
- POR TANTO: La Sala Civil de la Excma
- No intervienen los Ministros Kenny Prieto Melgarejo y Armando Villafuerte Claros, por excusa declarada legal
- Regístrese y devuélvase
- Proveído : Sucre, 23 de abril de 2002
- Dra. Teresa Rosquellas Fernández
- Secretaria de Cámara de la Sala Civil.
