CONSIDERANDO: Que a fs
SALA PENAL
AUTO SUPREMO No 206 Sucre 27 de mayo de 2002
DISTRITO. Chuquisaca
PARTES: Ministerio Público c/ Wilson Durán Campos y otros, tráfico
se sustancias controladas
MINISTRO RELATOR: Dr. Carlos Tovar Gûtzlaff
VISTOS: Los recursos de casación de fs. 646-648 interpuesto por Enrique Chávez Remonte y a fs. 649-650 por Juan Isaac Lidt Palma defensor público de Oscar Félix Escalante Serrudo, impugnando el Auto de Vista de fs. 641-642 de fecha 26 de julio de 2001 pronunciado por la Sala Penal de la Corte Superior de Chuquisaca, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público contra los recurrentes y José Wilson Durán Campos, Carlos Omar Padilla Lora y David Clauss Caballero Rios, por el delito de tráfico de sustancias controladas; sus antecedentes, las leyes acusadas de infringidas, el requerimiento del Fiscal Adjunto de la Fiscalía General de la República de fs. 653-655, y
CONSIDERANDO: Que a fs. 609-615 cursa la sentencia de primera instancia declarando: a los procesados, José Wilson Durán Campos y Enrique Chávez Remonte, autores del delito de tráfico de sustancias controladas en grado de tentativa, tipificado por los arts. 8 del Código Penal con relación al art. 48 de la Ley 1008, condenándolos a la pena de seis años y seis meses de presidio en la cárcel pública de Sucre, más 330 días multa a razón de Bs. 1.50.- día, con costas en favor del Estado; a Oscar Félix Escalante Serrudo, cómplice del delito de tráfico, en grado de tentativa, previsto por el art. 76 con relación al art. 48 de la Ley 1008 y art. 8 del Código Penal, imponiéndole la pena de cuatro años y cuatro meses de presidio en la cárcel de Sucre, 233 días multa a razón de Bs. 1.50.- día, más Bs. 100.- por costas al Estado
AUTO SUPREMO No 206 Sucre 27 de mayo de 2002
DISTRITO. Chuquisaca
PARTES: Ministerio Público c/ Wilson Durán Campos y otros, tráfico
se sustancias controladas
MINISTRO RELATOR: Dr. Carlos Tovar Gûtzlaff
VISTOS: Los recursos de casación de fs. 646-648 interpuesto por Enrique Chávez Remonte y a fs. 649-650 por Juan Isaac Lidt Palma defensor público de Oscar Félix Escalante Serrudo, impugnando el Auto de Vista de fs. 641-642 de fecha 26 de julio de 2001 pronunciado por la Sala Penal de la Corte Superior de Chuquisaca, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público contra los recurrentes y José Wilson Durán Campos, Carlos Omar Padilla Lora y David Clauss Caballero Rios, por el delito de tráfico de sustancias controladas; sus antecedentes, las leyes acusadas de infringidas, el requerimiento del Fiscal Adjunto de la Fiscalía General de la República de fs. 653-655, y
CONSIDERANDO: Que a fs. 609-615 cursa la sentencia de primera instancia declarando: a los procesados, José Wilson Durán Campos y Enrique Chávez Remonte, autores del delito de tráfico de sustancias controladas en grado de tentativa, tipificado por los arts. 8 del Código Penal con relación al art. 48 de la Ley 1008, condenándolos a la pena de seis años y seis meses de presidio en la cárcel pública de Sucre, más 330 días multa a razón de Bs. 1.50.- día, con costas en favor del Estado; a Oscar Félix Escalante Serrudo, cómplice del delito de tráfico, en grado de tentativa, previsto por el art. 76 con relación al art. 48 de la Ley 1008 y art. 8 del Código Penal, imponiéndole la pena de cuatro años y cuatro meses de presidio en la cárcel de Sucre, 233 días multa a razón de Bs. 1.50.- día, más Bs. 100.- por costas al Estado
- CONSIDERANDO: Que a fs
- Los co-procesados Carlos Omar Padilla Lora y David Clauss Caballero Rios son absueltos de culpa
- Que en grado de apelación, la Sala Penal de la Corte Superior de Chuquisaca, mediante
- CONSIDERANDO: No conformes con el referido fallo, recurren de casación los procesados Enrique Chávez Remonte
- CONSIDERANDO: Que de conformidad con el art
- Que en autos, después de una cuidadosa revisión de los antecedentes, con relación a las
- Por todo lo expuesto no son ciertas las infracciones acusadas por los recurrentes, por lo
- POR TANTO: La Sala Penal de la Excma
- RELATOR: Ministro Dr. Carlos Tovar Gützlaff
- Regístrese y devuélvase
- Proveído.- Dr. Edgar Molina Aponte.- Secretario de Cámara
