POR TANTO: La Sala Penal de la Excma
POR TANTO: La Sala Penal de la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Nación, de acuerdo en parte con el requerimiento fiscal de fs. 653-655, aplicando el art. 307 inc. 2) del Código de Procedimiento Penal, declara INFUNDADOS los recursos deducidos con costas
- CONSIDERANDO: Que a fs
- Los co-procesados Carlos Omar Padilla Lora y David Clauss Caballero Rios son absueltos de culpa
- Que en grado de apelación, la Sala Penal de la Corte Superior de Chuquisaca, mediante
- CONSIDERANDO: No conformes con el referido fallo, recurren de casación los procesados Enrique Chávez Remonte
- CONSIDERANDO: Que de conformidad con el art
- Que en autos, después de una cuidadosa revisión de los antecedentes, con relación a las
- Por todo lo expuesto no son ciertas las infracciones acusadas por los recurrentes, por lo
- POR TANTO: La Sala Penal de la Excma
- RELATOR: Ministro Dr. Carlos Tovar Gützlaff
- Regístrese y devuélvase
- Proveído.- Dr. Edgar Molina Aponte.- Secretario de Cámara
