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    Auto Supremo AS/0209/2002
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0209/2002

    Fecha: 28-May-2002

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    Fdo. Dr. Jaime Ampuero García

    Dr. Carlos Tovar Gûtzlaff

    Dr. Héctor Sandoval Parada

    Sucre 28 de mayo de 2002

    Proveído.- Dr. Edgar Molina Aponte.- Secretario de Cámara

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    • CONSIDERANDO: Que, el Tribunal ad-quem, en cumplimiento del Auto Supremo N° 95 de fecha 7
    • Contra el referido fallo recurre de casación María Krysia Vargas Zambrana, acusando como quebrantado el
    • CONSIDERANDO: Que, los jueces de instancia son incensurables en casación, cuando con la facultad privativa
    • En la litis, la Corte Superior de Cochabamba ha anulado la sentencia de fs
    • Que, el inciso 4) del art
    • Como se tiene dicho el Auto de Vista no ha sido debidamente motivado, incurriendo en
    • Que, por lo expuesto, en autos resulta imperioso la aplicación del art
    • POR TANTO: La Sala Penal de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia de la Nación,
    • RELATOR: Ministro Dr. Héctor Sandoval Parada
    • Regístrese y hágase saber
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