Auto Supremo AS/0215/2002
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0215/2002

Fecha: 17-Jun-2002

CONSIDERANDO: Que, planteada la demanda de fs





VISTOS: El recurso de casación interpuesto a fs. 633-637 por Nelo Valdés Tardío, como representante legal del Fondo Nacional de Vivienda Social en Liquidación (FONVIS en Liquidación), contra el Auto de Vista de fs. 626 pronunciado por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, dentro del proceso social seguido por Hernán Moreno Menacho y Osman Arteaga Sosa contra la entidad recurrente, los antecedentes del proceso, dictamen del Señor Fiscal de Sala Suprema de fs. 643 y

CONSIDERANDO: Que, planteada la demanda de fs. 58-59 y tramitada que fue, el Juez Primero de Trabajo y Seguridad Social de Santa Cruz pronunció sentencia de fs. 479-481 declarando PROBADA la demanda. La Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, pronunció en grado de apelación el Auto de Vista de fs. 626, por el que CONFIRMA la sentencia apelada, resolución que motivó el recurso que acusa, -en el fondo-, interpretación errónea o aplicación indebida de la Ley, argumentando que los Tribunales de instancia no interpretaron en forma correcta la prueba que demuestra la inexistencia de la relación de orden laboral, y lo que importa equivocación manifiesta del Tribunal de segunda instancia, que incurre en la causal prevista por el art. 253 inc. 3) del Procedimiento Civil, por lo que solicita casación total del Auto de Vista y que deliberando en el fondo, se declare improbada la demanda; paralelamente en la forma, solicita la nulidad por omisión de diligencias, trámites y otros que motivan la nulidad de obrados