Auto Supremo AS/0215/2002
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0215/2002

Fecha: 17-Jun-2002

La inexistencia de una relación obrero-patronal, se confirma por la confesión judicial a la que


La inexistencia de una relación obrero-patronal, se confirma por la confesión judicial a la que fueron deferidos los actores y cuyas actas cursan a fs. 616 y 617, en las que expresamente manifiestan haber percibido honorarios profesionales, por los cuales emitían facturas con el respectivo RUC; y no haber marcado Tarjeta -de control de entrada como de salida- lo que denota la inexistencia de horario de trabajo, ni subordinación y dependencia, elementos indispensables para la existencia de la relación obrero-patronal, reconocimiento que en materia laboral no requiere más pruebas (art. 167 del Código Procesal del Trabajo)