Auto Supremo AS/0227/2002
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0227/2002

Fecha: 25-Jun-2002

La alevosía constituye un carácter eminentemente finalístico, ya que el sujeto activo busca determinados medios,


En efecto, resulta un hecho incontrovertible y cierto que existe plena prueba en contra de los procesados Adrián Gonzales Taceo y Wilson Gonzales Taceo por el delito de asesinato por el que fueron condenados, cuyo tipo rector es la muerte de un hombre por otro hombre, injustamente con premeditación o siendo fútiles o bajos los móviles, con alevosía o ensañamiento; en el primer caso, la premeditación exige una voluntad resuelta y dirigida a la realización del delito, supone persistencia en la idea criminal. Carmignani, citado por Carrara define la premeditación como "el propósito de dar muerte tomando con ánimo frío y reposado, dejando cierto espacio de tiempo y buscando la ocasión para que el crimen se realice como fin deseado", (Carrara.1122).

La alevosía constituye un carácter eminentemente finalístico, ya que el sujeto activo busca determinados medios, modos o formas para llevar a cabo el delito, aprovechando que la víctima se encuentra desprevenida, incapaz de defenderse; en cuanto al ensañamiento su esencia consiste, a decir de Rodríguez Devesa en el "malvado propósito de hacer más vivo y sensible el sufrimiento de la víctima"