Respecto al procesado Herberth Camacho Coimbra, juzgado por el delito previsto en el art
Respecto al procesado Herberth Camacho Coimbra, juzgado por el delito previsto en el art. 335 del Código Penal (estafa), en obrados no existe prueba que acredite plenamente que hubiere inducido en error por medio de artificios o engaños y sonsacare a los querellantes dinero u otro beneficio o ventaja económica, por el contrario esta claramente demostrado que ninguno de los querellantes entregó a su persona suma alguna. Por lo expuesto se establece que la absolución de culpa y pena pronunciada a su favor por el delito de estafa, es legal conforme al art. 244 inc. 1) del Código de Procedimiento Penal, por lo que no es necesario entrar en mayor análisis, al no existir disposiciones infringidas como se acusa en el recurso
- otros, estafa y otro
- CONSIDERANDO: Que a fs
- En cuanto al procesado Herberth Camacho Coimbra, en aplicación del art
- No conforme con el fallo mencionado, los querellantes recurren de casación, con los fundamentos expuestos
- CONSIDERANDO: Que de conformidad con el art
- Que la tipificación del delito así como la fijación de la pena, impuesta al procesado
- Respecto al procesado Herberth Camacho Coimbra, juzgado por el delito previsto en el art
- En cuanto a lo requerido por el Ministerio Público a fs
- POR TANTO: La Sala Penal de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia de la Nación,
- Regístrese y devuélvase
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