Auto Supremo AS/0260/2002
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0260/2002

Fecha: 17-Jul-2002

d) De acuerdo a los arts


d) De acuerdo a los arts. único, 1° y 2° del Decreto Supremo Nro. 12059, de 24 de diciembre de 1974 y de la Ley de 18 de diciembre de 1944, respectivamente, a la demandante le corresponden los pagos de su sueldo por seis días del mes de mayo, aguinaldo con multa por cinco meses del año 1999, y de la vacación de la gestión anterior, como conceptos sociales extrañados y no desvirtuados por la empresa demandada, que deben ser calculados sobre el promedio mensual correspondientes a los tres últimos meses de trabajo de dicha demandante, que importa Bs. 3.941,83, según papeleta de pago de fs. 4 y 22