Auto Supremo AS/0276/2002
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0276/2002

Fecha: 29-Jul-2002

En consecuencia, por lo expuesto y fundamentado, se establece que el Tribunal ad-quem al dictar


En consecuencia, por lo expuesto y fundamentado, se establece que el Tribunal ad-quem al dictar su resolución recurrida, no ha infringido ninguna disposición de orden legal, por el contrario ha aplicado con rectitud y probidad lo dispuesto por los arts. 133, 135, 144, 243, 244-1), y 290 del Código Procesal Penal; en tal virtud, corresponde dar aplicación al art. 307-2) del mismo cuerpo legal