CONSIDERANDO: Pronunciada la sentencia de primer grado el demandante a fs
VISTOS: El recurso de casación de fs. 7447 a fs. 7451 deducido por Víctor Salgueiro Vargas en representación de Funeraria "A. Valdivia", contra el auto de vista de 8 de junio de 2001 pronunciado por la Sala Civil Primera de la R. Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, en el ordinario sobre rendición de cuentas seguido por el recurrente contra Natividad Céspedes de Arévalo, los antecedentes procesales, y
CONSIDERANDO: Pronunciada la sentencia de primer grado el demandante a fs. 7416-7418 apela de la sentencia. Por su parte, la demandada formula igual recurso de apelación aunque contra el auto negativo de complementación y enmienda de 24 de noviembre de 1998 de fs. 7421
- AUTO SUPREMO N° 243 Sucre, 16 de agosto de 2002
- DISTRITO : Cochabamba JUICIO : Ordinario - Rendición de cuentas
- RELATORA: Ministra doctora Emilse Ardaya Gutiérrez
- CONSIDERANDO: Pronunciada la sentencia de primer grado el demandante a fs
- Concedidos ambos recursos por auto de fs
- CONSIDERANDO: Que, el art
- Que, en uso de esta facultad fiscalizadora, de la revisión de obrados, se evidencia que
- Que, el Tribunal de Apelación no reparó en el auto concesivo de la alzada y
- Que, al no haberse resuelto el recurso de alzada interpuesto por la demandada, deja al
- POR TANTO; La Sala civil de la Excma
- Regístrese y devuélvase
- Proveído : Sucre, 16 de agosto de 2002
- Dra. Patricia Parada Loras
- Secretaria de Cámara de la Sala Civil.
