CONSIDERANDO: Que el recurso de casación acusa, cálculo incorrecto en el tiempo de servicios aduciendo
CONSIDERANDO: Que el recurso de casación acusa, cálculo incorrecto en el tiempo de servicios aduciendo que éstos alcanzan a los 6 años, 5 meses y 1 día; promedio indemnizable de Bs. 3.500.- y no de Bs. 3.430.-, acusando la infracción de los arts. 162 de la Constitución Política del Estado; 4, 13, y 19 de la Ley General del Trabajo; 257 y siguientes del Código de Procedimiento Civil; 210 y siguientes del Código Procesal del Trabajo y Ley 1592 de 19 de abril de 1949, y que al pagarse los finiquitos con retraso de hasta un año se ha vulnerado el alcance del D.S. 23381 de 29 de diciembre de 1992
- AUTO SUPREMO No. 299-Social Sucre, 13 de agosto de 2002
- PARTES: Germán Terrazas Rovira c/ COSSMIL
- RELATOR: MINISTRO DR.- Eduardo Rodríguez Veltzé
- CONSIDERANDO: Que, presentada la demanda social de fs
- CONSIDERANDO: Que el recurso de casación acusa, cálculo incorrecto en el tiempo de servicios aduciendo
- CONSIDERANDO: Que, del examen de antecedentes se establece lo siguiente
- Consecuentemente, siendo evidente el error en el cómputo de los años de servicios y la
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de
- Para formar Resolución interviene el Dr. Kenny Prieto Melgarejo, Ministro de la Sala Civil
- Relator: Ministro Dr. Eduardo Rodríguez Veltzé
- Regístrese y devuélvase
- Fdo. Dr. Eduardo Rodríguez Veltzé
- Dr. Carlos Rocha Orosco
- Dr. Kenny Prieto Melgarejo
- Sucre, 13 de agosto de 2002
- roveído: Dr. Marcelo Gómez Rodrigo.- Secretario de Cámara.
