Auto Supremo AS/0299/2002
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0299/2002

Fecha: 13-Ago-2002

POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de


POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en ejercicio de la atribución señalada en el artículo 60-1) de la Ley de Organización Judicial, y de acuerdo en parte con el Dictamen del Fiscal de Sala Suprema de fs. 76, CASA, el Auto de Vista de fs. 66 y, deliberando en el fondo, declara PROBADA PARCIALMENTE la demanda, reconociendo a favor del actor un reintegro en las liquidaciones de cancelación de sus beneficios sociales, por 4 meses y 4 días, más las actualizaciones de ley en el pago de las mismas, montos que se calcularán en ejecución de sentencia. Sin responsabilidad por ser excusable