Auto Supremo AS/0339/2002
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0339/2002

Fecha: 18-Sep-2002

CONSIDERANDO: Que dentro de la demanda de pago de beneficios sociales planteada a fs





VISTOS: El recurso de casación de fs. 220-221, interpuesto por MEDICAR S.R.L. representada por Ricardo Morgensetern Rozencwac Zucker, impugnando el Auto de Vista de fs. 217-218 de fecha 4 de marzo del 2000, dictado por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, dentro del proceso laboral seguido por Juan Carlos Terrazas Costas, contra el recurrente; sus antecedentes, las leyes acusadas de infringidas, y

CONSIDERANDO: Que dentro de la demanda de pago de beneficios sociales planteada a fs. 3-4 de obrados, el Juez Primero de Trabajo y Seguridad Social de Cochabamba, a fs. 198-199 pronuncia sentencia declarando probada en parte la demanda de fs. 3-4 e improbada la excepción perentoria de pago documentado de fs. 16, conminando a la Unidad Móvil de MEDICAR S. R. L. cancelar a Juan Carlos Terrazas Costas, dentro del tercero día de ejecutoria de ésta sentencia, bajo alternativa de ley, el monto de 7.800.80 Bs. por concepto de pago de beneficios sociales, más los reajustes del D.S. No. 23381 de 29 de diciembre de 1999