Auto Supremo AS/0348/2002
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0348/2002

Fecha: 27-Sep-2002

CONSIDERANDO: Que, del examen de antecedentes se establece lo siguiente


CONSIDERANDO: Que, del examen de antecedentes se establece lo siguiente:

Las resoluciones impugnadas resuelven con pertinencia los extremos de la controversia -reliquidación de beneficios sociales-, en efecto, definen con precisión que el actor tiene derecho a la reliquidación de sus beneficios sociales, pues, luego de haber trabajado por más de 18 años para la Universidad demandada, éste cobró beneficios sociales por Bs. 58.587,30, monto que no responde al salario promedio indemnizable de Bs. 6.327. Que fue la propia Universidad la que reconoció tal extremo al certificar dicha suma (fs. 2, 22 repetido a fs. 27) y utilizarla para el cálculo de la "Liquidación de Beneficios Sociales" cuyo original y copia cursan a fs. 9 y 1 del expediente, respectivamente, liquidación en la cual, de manera singular se practica el cálculo por tan solo el 50%, con el argumento de que los pagos corresponden al tiempo efectivamente trabajado, y que el demandante se desempeño de manera incompleta al no haber sido docente a dedicación exclusiva