La universidad demandada desconoció el carácter imperativo del art
La universidad demandada desconoció el carácter imperativo del art. 19 de la Ley General del Trabajo que dispone que "el cálculo de la indemnización se hará tomando en cuenta el término medio de los sueldos o salarios de los tres últimos meses", aspecto correctamente apreciada por los Tribunales de instancia
- AUTO SUPREMO No. 348-Social Sucre, 27 de septiembre de 2002
- PARTES: Bernardino Brañez Vera c/ Universidad Autónoma "Gabriel René Moreno"
- RELATOR: MINISTRO DR.- Eduardo Rodríguez Veltzé
- CONSIDERANDO: Que, presentada la demanda social de fs
- CONSIDERANDO: Que, del examen de antecedentes se establece lo siguiente
- La universidad demandada desconoció el carácter imperativo del art
- La nulidad reclamada en apelación y motivo también del recurso de casación, está referida a
- Consecuentemente, corresponde observar la casación prevista en el art
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de
- Para formar Resolución en la presente causa interviene el Dr
- Relator: Ministro Dr. Eduardo Rodríguez Veltzé
- Regístrese y devuélvase
- Fdo. Dr. Eduardo Rodríguez Veltzé
- Dr. Carlos Rocha Orosco
- Dr. Kenny Prieto Melgarejo
- Sucre, 27 de septiembre de 2002
- roveído: Dr. Marcelo Gómez Rodrigo.- Secretario de Cámara.
