No interviene el Ministro Dr
No interviene el Ministro Dr. Eduardo Rodríguez Veltzé por excusa declarada legal. Para resolución fueron convocados, por orden de precedencia la Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez Ministra de la Sala Civil quien fue de voto disidente y el Dr. Jaime Ampuero García Ministro de la Sala Penal
- Expediente C. Fiscal Nro. 24/2002
- AUTO SUPREMO No. 004-C. Fiscal Sucre, 10 de enero de 2003
- PARTES: Prefectura del Departamento c/ Rubén Julio Porcel Arancibia y Víctor Quevedo Suarez
- RELATOR: MINISTRO DR.- Carlos Rocha Orosco
- CONSIDERANDO: Que planteada la demanda a fs
- CONSIDERANDO: Que de la revisión de lo obrado y términos del recurso de casación, se
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- Consecuentemente, no siendo evidente la infracción acusada en el recurso de casación, corresponde dar cumplimiento
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de
- No interviene el Ministro Dr
- Relator: Ministro Dr. Carlos Rocha Orosco
- Regístrese y devuélvase
- Fdo. Dr. Carlos Rocha Orosco
- Dr. Jaime Ampuero García
- Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez
- Sucre, 10 de enero de 2003
- roveído: Dr. Marcelo Gómez Rodrigo.- Secretario de Cámara.
