Auto Supremo AS/0336/2003
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0336/2003

Fecha: 28-Oct-2003

CONSIDERANDO: Que, el impulso procesal asegura la continuidad de los actos procesales y los direcciona


CONSIDERANDO: Que, el impulso procesal asegura la continuidad de los actos procesales y los direcciona hacia la resolución final, en otros términos, el objeto que inspira al impulso procesal, no es otro que el asegurar la continuidad del proceso y llegar a la sentencia final. Impulso procesal que se logra mediante una serie de cargas procesales que unas veces corresponden a las partes y otras al tribunal, cuando se halla confiado a las partes y éstas no activan el proceso dejando transcurrir 6 meses se hacen pasibles a la declaratoria de perención, que nuestro ordenamiento jurídico establece como uno de los modos de extinción de la relación procesal, cuando el demandante incurre en inactividad procesal