De otro lado, se sabe que las resoluciones pronunciadas en ejecución de sentencia son apelables
De otro lado, se sabe que las resoluciones pronunciadas en ejecución de sentencia son apelables mas no recurribles en casación por mandato del art. 518 del mentado Adjetivo Civil. Sin embargo, el caso sub-lite no está referido a la ejecución misma del fallo emitido, sino que la excepción que motiva las resoluciones precedentes pretende dejar sin efecto precisamente su ejecución, razón por la que el tribunal supremo encuentra atendible el recurso extraordinario previsto en el art. 250 del mismo Cuerpo Legal
- RESULTANDO: Que revisado el proceso se tiene que el Juez A quo pronuncia un auto
- En apelación deducida contra esta resolución por el actor, la Sala Civil Segunda de la
- CONSIDERANDO: Que el art
- Que el vocablo sobreviniente que utiliza el anterior precepto, sirve para calificar a hechos o
- De otro lado, se sabe que las resoluciones pronunciadas en ejecución de sentencia son apelables
- CONSIDERANDO: Que en la especie la cosa juzgada traída como excepción sobreviniente no es tal
- POR TANTO: La Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, ejerciendo
- No se regula honorario de abogado, por no constar contestación al recurso
- La Ministra Dra
- Para formar resolución interviene el Ministro de la Sala Penal Dr
- Ministro Relator: Dr. Kenny Prieto Melgarejo
- Regístrese y devuélvase
- Firmado : Dr. Kenny Prieto Melgarejo
- Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez
- Proveído : Sucre, 28 de octubre de 2003
- Dra. Patricia Parada Loras
- Secretaria de Cámara de la Sala Civil.
