Contra el referido fallo recurre de casación Luis Castro Pinaicobo, con los fundamentos expuestos en
Contra el referido fallo recurre de casación Luis Castro Pinaicobo, con los fundamentos expuestos en el memorial ya mencionado al exordio de haber habido error en la valoración de la prueba aportada que determinó la violación de la ley sustantiva al calificar su conducta dentro la previsión del art. 48 de la Ley 1008; señala asimismo, que desconocía la existencia de la droga que le fue dejada por terceras personas, las que se dieron a la fuga cuando incursionaban en la casa los policías, por lo que este hecho argumenta que sería solo tentativa de transporte y no tráfico consumado como han calificado los Tribunales inferiores. Por todo ello, pide se case el Auto de Vista recurrido y se califique su conducta como complicidad en tentativa de transporte o se lo absuelva de culpa y pena
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- Regístrese y devuélvase
- Proveído.-Lic. David Baptista Velásquez.-Secretario de Cámara
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