Que en caso presente, está plenamente justificada la existencia del cuerpo del delito a través
Que en caso presente, está plenamente justificada la existencia del cuerpo del delito a través de las actas de incautación y análisis de laboratorio, y las pruebas existentes acreditan que la conducta de Luis Castro Pinaicobo se halla tipificada en el art. 48 de la Ley 1008. De todo ello se infiere que ninguno de los Tribunales de grado ha incurrido en violación de norma legal alguna a tiempo de calificar la conducta del procesado y establecer la pena, menos las denunciadas por el recurrente; circunstancia que conlleva a dar aplicación del inc. 2) del art. 307 del Código de Procedimiento Penal
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- Que en caso presente, está plenamente justificada la existencia del cuerpo del delito a través
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- RELATOR: Ministro Dr. Jaime Ampuero García
- Regístrese y devuélvase
- Proveído.-Lic. David Baptista Velásquez.-Secretario de Cámara
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