Auto Supremo AS/0348/2003
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0348/2003

Fecha: 13-Nov-2003

CONSIDERANDO: Contra el auto de vista que confirma la sentencia de fs


 

VISTOS: El recurso de casación interpuesto en folios 78 a 79, por Abel Gruber Cahuana Góngora en contra del auto de vista N° 292/2002 pronunciado el 28 de septiembre de 2002 por la Sala Civil de la R. Corte Superior del Distrito Judicial de Oruro, en el proceso ordinario familiar de separación de esposos seguido por Pilar Torrico Silvestre de Cahuana contra el recurrente, los antecedentes procesales y el dictamen del señor Fiscal General de la República corriente en fs. 85, y

CONSIDERANDO: Contra el auto de vista que confirma la sentencia de fs. 43 a 44 pronunciada por el Juez 3° de Partido de Familia de la ciudad de Oruro, el demandado Abel Gruber Cahuana Góngora, recurre de casación alegando que en la sentencia recurrida se lo consigna como "Abel Grober Cahuana Góngora", cuando su nombre es "Abel Gruber Cahuana Góngora", aspecto que a su entender invalida dicha resolución de instancia; acusa también violación del art. 397 del Código de Procedimiento Civil, e infracción del art. 327-4) del igual adjetivo