CONSIDERANDO: Que el recurso de casación en el fondo, la forma o ambos aspectos, exige
CONSIDERANDO: Que el recurso de casación en el fondo, la forma o ambos aspectos, exige del recurrente una fundamentación, motivación y mención de la ley o leyes violadas, erróneamente interpretadas o indebidamente aplicadas, así como si se acusa la errónea valoración de la prueba alegando errores de derecho o de hecho, este último debe demostrarse con actos auténticos o documentos que expongan la equivocación manifiesta del juzgador. Esta carga procesal señalada en el numeral 2°) del art. 258 del Código de Procedimiento Civil, en función a los casos previstos en el art. 253 del mismo cuerpo legal, es de inexcusable observancia y cumplimiento, por la naturaleza del recurso que está asimilado a una demanda de puro derecho
- RELATORA: Ministra Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez
- CONSIDERANDO: Contra el auto de vista que confirma la sentencia de fs
- CONSIDERANDO: Que el recurso de casación en el fondo, la forma o ambos aspectos, exige
- En la especie, no se da cumplimiento a esta obligación procesal, por cuanto el recurso
- Por lo expuesto, el recurso así planteado no abre la competencia del Tribunal Supremo, el
- POR TANTO: La Sala Civil de la Excma
- Se regula el honorario de abogado en la suma de trescientos bolivianos que mandará hacer
- Firmado : Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez
- Proveído : Sucre, 13 de noviembre de 2003
- Dra. Patricia Parada Loras
- Secretaria de Cámara de la Sala Civil.
