Auto Supremo AS/0562/2003
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0562/2003

Fecha: 06-Nov-2003

El Primer Relator Ministro Dr. Jaime Ampuero García estuvo de acuerdo por la casación


POR TANTO: La Sala Penal de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia de la Nación, en ejercicio de la atribución 3ª del art. 59 de la Ley de Organización Judicial, con la intervención del Presidente y Ministro de la Sala Social y Administrativa Dr. Eduardo Rodríguez Veltzé, por convocatoria de fs. 1018 y en desacuerdo con el requerimiento Fiscal de fs. 1016-1017 y en aplicación del numeral 2) del art. 307 del Código de Procedimiento Penal, declara INFUNDADO el recurso de casación interpuesto a fs. 1001-1002 vlta. Se salva el derecho que tienen los querellantes de pedir la reparación del daño civil, en la vía correspondiente.

El Primer Relator Ministro Dr. Jaime Ampuero García estuvo de acuerdo por la casación