PARTES: Javier Lara Avilés c/ Cámara Regional Agropecuaria de Chuquisaca (CRACH)
DISTRITO: Chuquisaca
PARTES: Javier Lara Avilés c/ Cámara Regional Agropecuaria de Chuquisaca (CRACH)
- AUTO SUPREMO N° 247 - Social Sucre, 10 de diciembre de 2003
- PARTES: Javier Lara Avilés c/ Cámara Regional Agropecuaria de Chuquisaca (CRACH)
- RELATOR: MINISTRO DR.- Kenny Prieto Melgarejo
- RESULTANDO: Que el Auto de Vista recurrido confirma íntegramente la sentencia pronunciada en esta causa
- CONSIDERANDO: Que el recurso de casación resigna su reclamo a consideraciones relativas a una indebida
- No obstante que ésta argumentación no cuenta con el respaldo documental necesario para la materia,
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa de la Corte Suprema de Justicia de la
- Se regula en la suma de Trescientos bolivianos el honorario de abogado por el recurso,
- Regístrese y devuélvase
- Fdo. Dr. Kenny Prieto Melgarejo
- Dr. Eduardo Rodríguez Veltzé
- Sucre, 10 de diciembre de 2003
- roveído: Dr. Marcelo Gómez Rodrigo.- Secretario de Cámara.
