Auto Supremo AS/0385/2003
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0385/2003

Fecha: 10-Dic-2003

CONSIDERANDO: El auto de vista de fs


 

VISTOS: El recurso de casación interpuesto de fs. 273 a 277 por José Calle Miranda, representado por Luz Marina Bustillo Jiménez contra el auto de vista N° 012/2002, pronunciado en fecha 9 de enero de 2002 a fs. 270 por la Sala Civil Segunda de la R. Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, en el ordinario sobre mejor derecho que sigue el recurrente contra Bethzabé Cortez Sandoval, antecedentes del proceso, y

CONSIDERANDO: El auto de vista de fs. 270 confirma la sentencia de fs. 252-253 que declara improbada la demanda, improbada la reconvención y probada la excepción de cosa juzgada. Resolución que es impugnada en casación por el demandante, quien luego de una relación de los antecedentes, concluye acusando que el auto de vista hubiere infringido los arts. 1538 -III, 1319 del Código Civil y 297 y 515 de su Procedimiento