De lo expuesto se infiere que el tribunal de alzada no ha violado ninguna disposición
De lo expuesto se infiere que el tribunal de alzada no ha violado ninguna disposición legal, menos las acusadas en el recurso, por lo que es el caso de aplicar lo previsto por los arts. 271-2) y 273 del adjetivo civil
- RELATORA: Ministra Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez
- CONSIDERANDO: El auto de vista de fs
- CONSIDERANDO: Revisados los obrados en función al recurso de casación planteado, se llega al convencimiento
- En efecto, la demanda interpuesta por José Calle Miranda que alega mejor derecho sobre el
- tienen la calidad de cosa juzgada, proceso en el cual efectivamente el ahora demandante salió
- Si el actor pretendía intentar el recurso de revisión extraordinaria de sentencia debía interponer una
- A ello se agrega el hecho que el recurrente sostiene en su recurso, que la
- De lo expuesto se infiere que el tribunal de alzada no ha violado ninguna disposición
- POR TANTO: La Sala Civil de la Excma
- Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez
- Proveído : Sucre, 10 de diciembre de 2003
- Dra. Patricia Parada Loras
- Secretaria de Cámara de la Sala Civil.
