Firmado : Dr. Kenny Prieto Melgarejo
Relatora: Ministra Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez
Regístrese y devuélvase
Firmado : Dr. Kenny Prieto Melgarejo
- CONSIDERANDO: Que, el Juez 9° de Partido en lo Civil de la Capital resuelve, mediante
- En apelación, el tribunal ad quem revoca el auto definitivo, considerando que los terrenos objeto
- Contra la resolución de vista el demandado interpone recurso de casación en el fondo, alegando
- 1715, el 18 de octubre de 1996 y su Decreto Reglamentario, se establece la judicatura
- Que, el art
- Honrando la norma prevista por el art
- Que, la demanda persigue la dilucidación del mejor derecho de propiedad de tierras que en
- De lo expuesto, se concluye que el juez a quo, al declararse incompetente para conocer
- POR TANTO: La Sala Civil de la Excma
- Para resolución, intervienen los Ministros de la Sala Penal Dres
- El Ministro Dr. Kenny Prieto Melgarejo, fue de voto disidente
- Firmado : Dr. Kenny Prieto Melgarejo
- Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez
- Dr. Héctor Sandoval Parada
- Dr. Jaime Ampuero García
- Proveído : Sucre, 15 de diciembre de 2003
- Dra. Patricia Parada Loras
- Secretaria de Cámara de la Sala Civil.
