Auto Supremo AS/0405/2003
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0405/2003

Fecha: 18-Dic-2003

El dictamen del Sr


El dictamen del Sr. Fiscal General de la República de fs. 365 a 366, se inclina por la nulidad de obrados hasta el vicio mas antiguo -que lo sitúa en la demanda-, es decir, hasta el estado que el actor interponga una nueva demanda que este dirigida contra "quien corresponda". Sobre el particular, debe tenerse presente que esta causa ha sido interpuesta el 19 de febrero de 1992, vale decir, cuando el Banco Boliviano Americano S.A. tenía su licencia de funcionamiento habilitada y con la personalidad jurídica vigente, de ahí que el proceso ha sido legalmente tramitado entre el actor y el B.B.A., no ocurrió lo mismo cuando de notificar la sentencia se trataba, pues en ese tiempo, el B.B.A. tenía extinguida su personalidad jurídica, luego no existía legalmente, habiendo sido sustituido por el FONDESIF, como se tiene relacionado. En consecuencia, este Tribunal Supremo sitúa el vicio mas antiguo en la notificación con la sentencia