Auto Supremo AS/0053/2003
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0053/2003

Fecha: 04-Feb-2003

El recurso que resuelve el tribunal está huérfano de la fundamentación debida, porque no indica


El recurso que resuelve el tribunal está huérfano de la fundamentación debida, porque no indica qué disposiciones legales de derecho adjetivo han sido vulneradas por el ad quem, tampoco menciona en qué norma legal apoya la petición de nulidad en consideración al parágrafo I° del art. 251 del Cód. de Pdto. Civ., ya que no hay nulidad en ausencia de texto legal que así la determine. Es más, debe saber la recurrente que el art. 241 del mentado cuerpo legal, complementado por el art. 22 de la Ley N° 1760 de 28 de febrero de 1997, faculta al apelante pedir se inserte a su costa en el testimonio las piezas que juzgue necesarias y convenientes, y de no hacerlo, la omisión que el inferior o a quo incurra en el señalamiento, no es causa de casación formal