El Tribunal Supremo es de puro derecho como lo es la impugnación extraordinaria, por manera
El Tribunal Supremo es de puro derecho como lo es la impugnación extraordinaria, por manera que no puede suplir de oficio las omisiones, imprecisiones o impericias en que incurre un recurrente
- AUTO SUPREMO N° 53 Sucre, 4 de febrero de 2003
- DISTRITO : Oruro JUICIO : Ordinario - Nulidad de escritura y testamento
- PARTES : Sara Góngora Frontanilla c/ Francisco Gutiérrez Góngora y otros
- RESULTANDO: Que el tribunal ad quem confirma el auto definitivo de fecha 24 de julio
- CONSIDERANDO: No basta que el recurrente presente quejas como las mencionadas anteriormente, sino ha menester
- El Tribunal Supremo es de puro derecho como lo es la impugnación extraordinaria, por manera
- El recurso que resuelve el tribunal está huérfano de la fundamentación debida, porque no indica
- En mérito a lo que se tiene expuesto, la Sala Civil de la Excma
- POR TANTO: La Sala Civil de la Excma
- Se regula el honorario de abogado en la suma de Quinientos bolivianos
- Regístrese y devuélvase
- Proveído : Sucre, 4 de febrero de 2003
- Dra. Patricia Parada Loras
- Secretaria de Cámara de la Sala Civil.
