En caso de autos, analizado el auto final de instrucción o auto de procesamiento observado
En caso de autos, analizado el auto final de instrucción o auto de procesamiento observado de incompleto por el Tribunal ad-quem, se comprueba que el Juez sumariante al dictar auto de procesamiento solo por los delitos de estafa y estelionato previstos en los arts. 335 y 337 del Código Penal y excluir el agravante que se incluyó en la apertura de causa, no ha infringido ninguna norma procesal, al tener la facultad de establecer consideradas las pruebas oportadas en dicha etapa, los delitos por los que correspondía procesar a la incriminada
- Gironda, estafa y estelionato
- CONSIDERANDO: Que a fs
- Que elevado el proceso en grado de apelación, en fecha 25 de agosto de 2001,
- CONSIDERANDO: Contra el referido Auto de Vista recurre de casación la procesada a fs
- Que, de la revisión cuidadosa del proceso y análisis del Auto de Vista anulatorio, encontramos
- En caso de autos, analizado el auto final de instrucción o auto de procesamiento observado
- Que de conformidad con el art
- Revisado el expediente, resulta muy sugestivo que el referido Auto de Vista aparezca votado dentro
- POR TANTO: La Sala Penal de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia de la Nación,
- No interviene el Ministro Dr. Carlos Tovar Gützlaff, por encontrarse ausente con licencia
- RELATOR: Ministro Dr. Héctor Sandoval Parada
- Regístrese y devuélvase
- Proveído.-David Baptista Velásquez.-Secretario de Cámara
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