Sin responsabilidad por ser excusable
POR TANTO: La Sala Penal de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia de la Nación, con la intervención del Ministro de la Sala Social y Administrativa Dr. Eduardo Rodríguez Veltzé y en desacuerdo con el requerimiento fiscal de fs. 161-162, aplicando el inc. 3) del art. 307 del Código de Procedimiento Penal, CASA el Auto de Vista recurrido y deliberando en el fondo, mantiene firme en todas sus partes la sentencia de primera instancia de fs. 130-131 de obrados.
Sin responsabilidad por ser excusable
- de sustancias controladas
- CONSIDERANDO: Que, el a-quo mediante sentencia de fs
- Que elevada la sentencia en grado de apelación, es revocada por Auto de Vista de
- Contra dicho auto, recurre de casación la procesada, con los argumentos expuestos en el memorial
- CONSIDERANDO: Que de un estudio atento y detenido de todo lo acontecido en la etapa
- Que si bien es cierto que el art
- Sin responsabilidad por ser excusable
- No interviene el Ministro Dr. Carlos Tovar Gützlaff, por encontrarse ausente con licencia
- RELATOR: Ministro Dr. Héctor Sandoval Parada
- Regístrese y devuélvase
- Proveído.-David Baptista Velásquez.-Secretario de Cámara
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