Si bien existen dos sentencias de procesos judiciales en los que otros grupos de ex
Si bien existen dos sentencias de procesos judiciales en los que otros grupos de ex trabajadores de PIL demandaron el pago de dominicales, éstas, por referencia explícita contenida en el documento de transferencia de acciones de PIL S.A. a los ex trabajadores, fueron apeladas extemporáneamente, razón por la que cobraron ejecutoria. En otros términos, las diferencias por esta controversia no se resolvieron necesariamente por la vía de la ejecución de las sentencias, sino por otro acuerdo en el que se comprometieron diversos intereses
- AUTO SUPREMO No. 060-Social Sucre, 18 de marzo de 2003
- PARTES: Alberto Arteaga Pedraza y otro c/ Pil Cordecruz
- RELATOR: MINISTRO DR.- Eduardo Rodríguez Veltzé
- CONSIDERANDO: Que del examen del recurso y los antecedentes se establece lo siguiente
- El recurrente sostiene que un grupo de ex trabajadores, reunidos sindicalmente reclamaron éstos derechos anteriormente
- La planilla de cálculo del "Bono Dominical" pretendido por la demanda (fs
- El Laudo Arbitral que, según los actores y la propia sentencia, avalarían el derecho de
- Si bien existen dos sentencias de procesos judiciales en los que otros grupos de ex
- Por lo expuesto y estando demostradas las infracciones acusadas en el recurso, corresponde la aplicación
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia de
- Para Resolución, interviene la Dra
- Primer Relator: Ministro Dr. Freddy Reynolds Eguía
- Regístrese y devuélvase
- Fdo. Dr. Eduardo Rodríguez Veltzé
- Dr. Carlos Rocha Orosco
- Sucre, 18 de marzo de 2003
- roveído: Dr. Marcelo Gómez Rodrigo.- Secretario de Cámara.
