Auto Supremo AS/0126/2003
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0126/2003

Fecha: 09-Abr-2003

CONSIDERANDO: Que, el auto apelado está circunscrito claramente dentro lo establecido en el art


CONSIDERANDO: Que, el auto apelado está circunscrito claramente dentro lo establecido en el art. 518 del Código de Procedimiento Civil, que señala que las decisiones dictadas en fase de ejecución de sentencia, podrán ser apeladas sólo en efecto devolutivo, sin recurso ulterior. Asimismo el art. 26 de la Ley N° 1760 de 28 de febrero de 1997 que complementa con un tercer numeral al art. 262 del Código Procesal Civil, señala textual, "Cuando el recurso no se encuentra previsto en los casos señalados por el art. 255 del Código de Procedimiento Civil", por lo que la improcedencia del recurso que se examina está especificada en el caso 3° de la precitada norma legal