Auto Supremo AS/0155/2003
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0155/2003

Fecha: 22-Abr-2003

En la especie, los hijos no están legitimados para accionar por cuenta propia la anulabilidad


En la especie, los hijos no están legitimados para accionar por cuenta propia la anulabilidad del matrimonio de su progenitor (padre o madre) en vida de los mismos, sino únicamente en calidad de herederos cuando aquellos han ejercitado ese derecho personalísimo, pues, solo así se explica la transmisibilidad no del derecho, porque ya fue ejercitado por el titular, sino de la acción, como se infiere del art. 90 del precitado Cód. de Fam